Verificar la parte del subsidio en el recibo de nomina
En los casos en que el ISR a cargo del contribuyente sea menor
que el subsidio para el empleo, el retenedor debe entregar al contribuyente la diferencia
que obtenga.
El patrón puede acreditar contra el ISR a su cargo o del
retenido a terceros, las cantidades que entregue a los contribuyentes.
Los ingresos que perciban los contribuyentes derivados del
subsidio para el empleo no son acumulables ni forman parte del cálculo de la
base gravable de cualquier otra contribución porque no son una remuneración al
trabajo personal subordinado.
Así en el CFDI de nómina, de acuerdo con la guía de llenado, debe reflejarse
el subsidio para el empleo efectivamente entregado al trabajador en
el campo “TipoOtroPago” con la clave 002, en donde únicamente se contempla como
dato meramente informativo, tal y como se muestra en la siguiente lámina
En la elaboración del CFDI de nómina tomando el
complemento que brinda la página de Internet del SAT se visualizan las
siguientes pantallas:
La problemática sobre esta situación
es que si no existe subsidio para el empleo efectivamente entregado al
trabajador no se puede llenar el campo de subsidio
causado. Por tanto, en aquellos casos en donde sí les corresponde
subsidio para el empleo por la ubicación de la tabla, pero por mecánica del
cálculo, el ISR retenido es mayor, no existe forma de reflejar el subsidio
causado, situación que ha generado el envío de “cartas invitación sobre
CFDI de nómina” en donde la autoridad fiscal indica a los patrones de esos
trabajadores que la base de los ingresos no coincide con el ISR retenido.
De ahí que es urgente que el fisco
revise y analice el desarrollo del campo subsidio causado para
todo aquel trabajador a quién le aplique, con independencia de si se le entrega
o no alguna cantidad por este concepto.
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